Registro del ajuste del subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes

El SAT dio a conocer el 14 de octubre de 2019 en su portal modificaciones para generar un recibo de nómina, las cuales entrarán en vigor el 1º. de enero de 2020.

¿Qué es?

Se validará que el recibo de nómina contenga “Subsidio al empleo” aún y cuando el subsidio sea 0, esto con el fin de establecer un mecanismo de reversión de la aplicación del subsidio al empleo en aquellos casos en que se aplica en alguna semana, pero en el cálculo del mes no resulta subsidio aplicable; o bien, el resultado es menor al aplicado en esos periodos.

¿Cuándo se debe aplicar?

Cuando el tipo de régimen sea 02, forzosamente debe existir TipoOtroPago con clave 002 donde el subsidio causado sea 0 en ambos.

También aplica a los Asimilados a Salarios publicados en la Fracción I del artículo 94 del LISR (Ley de Impuesto Sobre la Renta).

¿Cuándo entra en vigor?

A partir del primer día de enero de 2020 el cálculo (y su posterior revisión) será cada mes. Es decir, si un trabajador recibió el subsidio al empleo en su ingreso y por cuestión de ley no debería ser así, el SAT notificará a la empresa para la cual trabaja sobre esta situación antes de hacer su declaración anual.

De igual modo, si existen trabajadores que aún no reciben el subsidio al empleo, siendo acreedores a este por su bajo ingreso, el SAT también se lo hace saber a la compañía.

¿En qué casos no aplica?

Cuando los conceptos de pago sean diferentes a Sueldos y Salarios y Asimilados a salarios no se permitirá el Subsidio al empleo.

Una validación adicional es que el subsidio al empleo no sea mayor al monto establecido en las disposiciones fiscales, de acuerdo a la tabla del Decreto del Subsidio publicadas en el anexo 8 de la RMF (Resolución de la Miscelánea Fiscal) vigente. puede consultarla en:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547122&fecha=24/12/2018

¿Cómo valido esto en mis CFDI de nómina?

Cuando el tipo de régimen sea 02 (Sueldos: Incluye ingresos señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”.

Para más información puede consultar el manual Generar recibo ubicado en la opción Manuales de la Sección Nomina de su menú lateral izquierdo del sistema.

Si está generando su recibo de nómina por layout, utilice la fila OPAG para agregar la información de otros pagos, al igual que, la fila OPAGSUBEM para obtener la información del subsidio causado.

Para más información puede consultar el manual Facturación por Layout ubicado en la opción Nomina de su menú lateral izquierdo del sistema.

¿Dónde puedo conocer más sobre estos cambios y procesos?

Consulte el apéndice 7 de la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento” al igual que el catálogo de nómina actualizado ubicado en:

http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/documentos/catNomina.xls

2 comentarios en “Registro del ajuste del subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes

  1. Cuando genero el timbre de nomina me marca error en otros pagos por poner $0 en subsidio

    (NOM220) NOM220|Incumplimiento normativo.El atributo nomina12:Nomina/OtrosPagos/OtroPago/@Importe no es mayor que «0».;

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